El Título I (artículos 10 a 55) regula los derechos y deberes fundamentales. Se abre con la dignidad de la persona (artículo 10) y la igualdad ante la ley (artículo 14), y se estructura en capítulos y secciones con distinto nivel de protección.
La Sección 1ª del Capítulo II (artículos 15 a 29) recoge los derechos fundamentales y libertades públicas: vida, libertad ideológica y religiosa, libertad y seguridad, intimidad, libertad de expresión, reunión, asociación, participación, tutela judicial efectiva y educación. Estos derechos gozan de la máxima protección: recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y reforma constitucional agravada.
La Sección 2ª (artículos 30 a 38) regula otros derechos y deberes (defensa, tributos, propiedad, trabajo, libertad de empresa) que se desarrollan por ley ordinaria. El Capítulo III (artículos 39 a 52) contiene los principios rectores de la política social y económica, que orientan la actuación de los poderes públicos pero no son exigibles directamente. El artículo 53 fija las garantías y el artículo 54 crea el Defensor del Pueblo.
Para las oposiciones, los artículos más rentables del Título I son el 14 (igualdad), el 17 (libertad y seguridad: 72 horas, habeas corpus), el 18 (intimidad y domicilio), el 20 (libertad de expresión), el 24 (tutela judicial) y el 53 (garantías y amparo).
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