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Artículo 144 de la Constitución Española (art. 144 CE) — Supuestos especiales de autonomía

El artículo 144 de la Constitución Española se ubica en el Título VIII — De la Organización Territorial del Estado y regula supuestos especiales de autonomía. Aparece con cierta regularidad en los exámenes; merece un repaso atento. Te interesa memorizar especialmente sus mayorías exigidas (Ley orgánica), órganos implicados (Cortes Generales). En esta página tienes la cita literal del BOE, el mnemónico exclusivo de ConstitPro «INT — Interés Nacional permite excepciones (Madrid, Ceuta, Melilla)» y un test específico de cinco preguntas para fijarlo.

Texto oficial del artículo 144

Las Cortes Generales, mediante ley orgánica, podrán, por motivos de interés nacional: a) Autorizar la constitución de una comunidad autónoma cuando su ámbito territorial no supere el de una provincia y no reúna las condiciones del apartado 1 del artículo 143. b) Autorizar o acordar, en su caso, un Estatuto de autonomía para territorios que no estén integrados en la organización provincial. c) Sustituir la iniciativa de las Corporaciones locales a que se refiere el apartado 2 del artículo 143.
📜 Cita literal de la Constitución Española de 1978. Fuente oficial: BOE-A-1978-31229, art. 144. ConstitPro reproduce el texto con fines educativos; ante cualquier duda, consulta el texto consolidado publicado en el BOE.
⚖️ Ley orgánica🏛 Cortes Generales

Claves del artículo 144 para tu oposición

  • Ubicación en el temario: Título VIII — De la Organización Territorial del Estado · Capítulo III — De las Comunidades Autónomas.
  • Frecuencia de examen: ⭐⭐⭐ (3/5). Aparece con cierta regularidad en los exámenes; merece un repaso atento.
  • Dificultad: alta.
  • Mayorías relevantes: Ley orgánica.
  • Órganos mencionados: Cortes Generales.
  • Palabras clave para buscar: interés nacional, ley orgánica, comunidad uniprovincial.

Cómo memorizar el artículo 144: mnemónico de ConstitPro

📌 INT — Interés Nacional permite excepciones (Madrid, Ceuta, Melilla)

🎬 Las Cortes, por interés nacional, abren la puerta a casos especiales como una CCAA uniprovincial.

🔢 Cortes por LEY ORGÁNICA y por INTERÉS NACIONAL: casos especiales (3 supuestos a-c)

Test sobre el artículo 144

Cargando preguntas…

Preguntas de examen sobre el artículo 144, con respuestas

Estas 4 preguntas son del mismo banco que el test de arriba, con la respuesta y el artículo que la justifica. El test completo incluye muchas más y corrige al instante.

  1. 1.¿Cuál es el contenido principal del Art. 144?

    • ·El Presidente del Tribunal Constitucional
    • ·Derecho a la vida y a la integridad
    • ·Responsabilidad criminal del Gobierno
    • ✓Supuestos especiales de autonomía

    Art. 144 — Supuestos especiales de autonomía. Las Cortes Generales, mediante ley orgánica, podrán, por motivos de interés nacional: a) Autorizar la constitución de una comunidad autónoma cuando su ámbito territorial no supere el de una provincia y no reúna las condiciones del apartado 1 del artículo 143. b) Autorizar o acordar, en su caso, un Estatuto de autonomía para territorios que no estén integrados en la organización provincial. c) Sustituir la iniciativa de las Corporaciones locales a que se refiere el apartado 2 del artículo 143. Ver el artículo 144 completo →

  2. 2.Art. 144: «Las Cortes Generales, mediante ley orgánica, podrán, por motivos de interés nacional: a) Autorizar la constitución de una comunidad autónoma cuando su ámbito territorial no supere el de una provincia y no reúna las condiciones del apartado 1 del artículo 143. b) Autorizar o acordar, en su caso, un Estatuto de autonomía para territorios que no estén integrados en la organización provincial. c) Sustituir la iniciativa de las Corporaciones locales a que se refiere el apartado 2 del artículo 143.» ¿Verdadero o falso?

    • ✓Verdadero
    • ·Falso

    Verdadero. Es contenido literal del Art. 144 (Supuestos especiales de autonomía). Ver el artículo 144 completo →

  3. 3.¿A qué artículo pertenece este texto? «Las Cortes Generales, mediante ley orgánica, podrán, por motivos de interés nacional: a) Autorizar la constitución de una comunidad autónoma cuando su ámbito territorial no supere el de una provincia y no reúna las condiciones del apartado 1 del artículo 143. b) Autorizar o acordar, en su caso, un Estatuto de autonomía para territorios que no estén integrados en la organización provincial. c) Sustituir la iniciativa de las Corporaciones locales a que se refiere el apartado 2 del artículo 143.»

    • ·Art. 147
    • ·Art. 137
    • ·Art. 152
    • ✓Art. 144

    Es el Art. 144 — Supuestos especiales de autonomía. Ver el artículo 144 completo →

  4. 4.¿En qué sección o capítulo del Organización Territorial se ubica el Art. 144?

    • ·Capítulo I — Españoles y extranjeros
    • ✓Capítulo III — De las Comunidades Autónomas
    • ·Capítulo I — Principios generales
    • ·Capítulo II — De la Administración Local

    Art. 144 se encuentra en: Capítulo III — De las Comunidades Autónomas. Ver el artículo 144 completo →

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Preguntas frecuentes

¿Qué dice el artículo 144 de la Constitución Española?+

El artículo 144, dentro del Título VIII — De la Organización Territorial del Estado, regula supuestos especiales de autonomía. Las Cortes Generales, mediante ley orgánica, podrán, por motivos de interés nacional: a) Autorizar la constitución de una comunidad autónoma cuando su ámbito territorial no supere el de una provincia y no reúna las condi…

¿Qué dice el artículo 144 CE?+

El artículo 144 de la Constitución Española regula supuestos especiales de autonomía. Su texto oficial, publicado en el BOE el 29 de diciembre de 1978, se cita literalmente más arriba en esta página.

¿A qué título pertenece el artículo 144 y dónde se ubica?+

Pertenece al Título VIII — De la Organización Territorial del Estado (Arts. 137-158). Comparte bloque con los demás artículos de su título.

¿Cómo memorizar el artículo 144 para una oposición?+

Usa el mnemónico de ConstitPro: INT — Interés Nacional permite excepciones (Madrid, Ceuta, Melilla). Las Cortes, por interés nacional, abren la puerta a casos especiales como una CCAA uniprovincial. Recuerda especialmente: Cortes por LEY ORGÁNICA y por INTERÉS NACIONAL: casos especiales (3 supuestos a-c).

¿Cuánto entra el artículo 144 en los exámenes de oposición?+

Su frecuencia de examen en ConstitPro es 3/5 y su dificultad estimada es alta. Aparece con cierta regularidad en los exámenes; merece un repaso atento.

¿Con qué artículos de la Constitución se conecta el artículo 144?+

Se relaciona directamente con los artículos 143 (Iniciativa del proceso autonómico (vía ordinaria)); 147 (El Estatuto de Autonomía). Estudiarlos juntos refuerza el dominio de la materia.