🇪🇸ConstitPro
Entrar

Inicio Organización Territorial Art. 146

Artículo 146 de la Constitución Española — Elaboración del Estatuto (vía ordinaria)

El artículo 146 de la Constitución Española se ubica en el Título VIII — De la Organización Territorial del Estado y regula elaboración del estatuto (vía ordinaria). Es un artículo de apoyo en el temario; no suele caer por sí solo, pero refuerza el contexto. Te interesa memorizar especialmente sus órganos implicados (Cortes Generales). En esta página tienes la cita literal del BOE, el mnemónico exclusivo de ConstitPro «ELAB — Elabora la asamblea, tramitan las Cortes» y un test específico de cinco preguntas para fijarlo.

Texto oficial del artículo 146

El proyecto de Estatuto será elaborado por una asamblea compuesta por los miembros de la Diputación u órgano interinsular de las provincias afectadas y por los Diputados y Senadores elegidos en ellas y será elevado a las Cortes Generales para su tramitación como ley.
📜 Cita literal de la Constitución Española de 1978. Fuente oficial: BOE-A-1978-31229, art. 146. ConstitPro reproduce el texto con fines educativos; ante cualquier duda, consulta el texto consolidado publicado en el BOE.
🏛 Cortes Generales

Claves del artículo 146 para tu oposición

  • Ubicación en el temario: Título VIII — De la Organización Territorial del Estado · Capítulo III — De las Comunidades Autónomas.
  • Frecuencia de examen: ⭐⭐ (2/5). Es un artículo de apoyo en el temario; no suele caer por sí solo, pero refuerza el contexto.
  • Dificultad: media.
  • Órganos mencionados: Cortes Generales.
  • Palabras clave para buscar: proyecto de Estatuto, asamblea, Cortes Generales.

Cómo memorizar el artículo 146: mnemónico de ConstitPro

📌 ELAB — Elabora la asamblea, tramitan las Cortes

🎬 Una asamblea redacta el proyecto de Estatuto y lo eleva a las Cortes como ley.

🔢 Vía ordinaria: el Estatuto lo elabora la asamblea y lo tramitan las Cortes como ley

Test sobre el artículo 146

Cargando preguntas…

Artículos relacionados

Preguntas frecuentes

¿Qué dice el artículo 146 de la Constitución Española?+

El artículo 146, dentro del Título VIII — De la Organización Territorial del Estado, regula elaboración del estatuto (vía ordinaria). El proyecto de Estatuto será elaborado por una asamblea compuesta por los miembros de la Diputación u órgano interinsular de las provincias afectadas y por los Diputados y Senadores elegidos en ellas y será elevado a las…

¿A qué título pertenece el artículo 146 y dónde se ubica?+

Pertenece al Título VIII — De la Organización Territorial del Estado (Arts. 137-158). Comparte bloque con los demás artículos de su título.

¿Cómo memorizar el artículo 146 para una oposición?+

Usa el mnemónico de ConstitPro: ELAB — Elabora la asamblea, tramitan las Cortes. Una asamblea redacta el proyecto de Estatuto y lo eleva a las Cortes como ley. Recuerda especialmente: Vía ordinaria: el Estatuto lo elabora la asamblea y lo tramitan las Cortes como ley.

¿Cuánto entra el artículo 146 en los exámenes de oposición?+

Su frecuencia de examen en ConstitPro es 2/5 y su dificultad estimada es media. Es un artículo de apoyo en el temario; no suele caer por sí solo, pero refuerza el contexto.

¿Con qué artículos de la Constitución se conecta el artículo 146?+

Se relaciona directamente con los artículos 143 (Iniciativa del proceso autonómico (vía ordinaria)); 147 (El Estatuto de Autonomía). Estudiarlos juntos refuerza el dominio de la materia.