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Artículo 167 de la Constitución Española (art. 167 CE) — Reforma ordinaria
El artículo 167 de la Constitución Española se ubica en el Título X — De la Reforma Constitucional y regula reforma ordinaria. Es uno de los artículos más preguntados en las oposiciones españolas, por lo que conviene dominarlo de memoria. Te interesa memorizar especialmente sus plazos clave (15 días (solicitud de referéndum)), mayorías exigidas (3/5 de cada Cámara; 2/3 del Congreso (si discrepancia); 1/10 (solicitar referéndum)), órganos implicados (Cortes Generales, Congreso, Senado). En esta página tienes la cita literal del BOE, el mnemónico exclusivo de ConstitPro «3/5-FAC — Reforma ordinaria: 3/5; referéndum FACULTATIVO» y un test específico de cinco preguntas para fijarlo.
Texto oficial del artículo 167
1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado. 2. De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso, por mayoría de dos tercios, podrá aprobar la reforma. 3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.
Claves del artículo 167 para tu oposición
- Ubicación en el temario: Título X — De la Reforma Constitucional.
- Frecuencia de examen: ⭐⭐⭐⭐⭐ (5/5). Es uno de los artículos más preguntados en las oposiciones españolas, por lo que conviene dominarlo de memoria.
- Dificultad: alta.
- Plazos: 15 días (solicitud de referéndum).
- Mayorías relevantes: 3/5 de cada Cámara · 2/3 del Congreso (si discrepancia) · 1/10 (solicitar referéndum).
- Órganos mencionados: Cortes Generales, Congreso, Senado.
- Palabras clave para buscar: reforma ordinaria, 3/5, Comisión paritaria, 2/3, referéndum facultativo.
Cómo memorizar el artículo 167: mnemónico de ConstitPro
📌 3/5-FAC — Reforma ordinaria: 3/5; referéndum FACULTATIVO
🎬 La vía ordinaria de reforma: 3/5 de cada Cámara; el referéndum solo si lo piden 1/10 de una Cámara en 15 días.
🔢 Reforma ORDINARIA (167): 3/5 de cada Cámara; referéndum FACULTATIVO (lo pide 1/10 en 15 días)
Test sobre el artículo 167
Preguntas de examen sobre el artículo 167, con respuestas
Estas 4 preguntas son del mismo banco que el test de arriba, con la respuesta y el artículo que la justifica. El test completo incluye muchas más y corrige al instante.
1.¿Cuál es el contenido principal del Art. 167?
- ·Períodos de sesiones
- ·Participación de la juventud
- ✓Reforma ordinaria
- ·Peticiones a las Cámaras
Art. 167 — Reforma ordinaria. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Ver el artículo 167 completo →
2.Art. 167: «Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras.» ¿Verdadero o falso?
- ✓Verdadero
- ·Falso
Verdadero. Es contenido literal del Art. 167 (Reforma ordinaria). Ver el artículo 167 completo →
3.¿A qué artículo pertenece este texto? «Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras.»
- ·Art. 166
- ✓Art. 167
- ·Art. 161
- ·Art. 169
Es el Art. 167 — Reforma ordinaria. Ver el artículo 167 completo →
4.Completa el texto del Art. 167: «…r la reforma. 3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los _____ siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.»
- ·cuarenta y cinco días
- ✓quince días
- ·sesenta días
- ·veinte días
Art. 167: el dato correcto es «quince días». Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Ver el artículo 167 completo →
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Preguntas frecuentes
¿Qué dice el artículo 167 de la Constitución Española?+
El artículo 167, dentro del Título X — De la Reforma Constitucional, regula reforma ordinaria. 1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión …
¿Qué dice el artículo 167 CE?+
El artículo 167 de la Constitución Española regula reforma ordinaria. Su texto oficial, publicado en el BOE el 29 de diciembre de 1978, se cita literalmente más arriba en esta página.
¿A qué título pertenece el artículo 167 y dónde se ubica?+
Pertenece al Título X — De la Reforma Constitucional (Arts. 166-169). Comparte bloque con los demás artículos de su título.
¿Cómo memorizar el artículo 167 para una oposición?+
Usa el mnemónico de ConstitPro: 3/5-FAC — Reforma ordinaria: 3/5; referéndum FACULTATIVO. La vía ordinaria de reforma: 3/5 de cada Cámara; el referéndum solo si lo piden 1/10 de una Cámara en 15 días. Recuerda especialmente: Reforma ORDINARIA (167): 3/5 de cada Cámara; referéndum FACULTATIVO (lo pide 1/10 en 15 días).
¿Cuánto entra el artículo 167 en los exámenes de oposición?+
Su frecuencia de examen en ConstitPro es 5/5 y su dificultad estimada es alta. Es uno de los artículos más preguntados en las oposiciones españolas, por lo que conviene dominarlo de memoria.
¿Con qué artículos de la Constitución se conecta el artículo 167?+
Se relaciona directamente con los artículos 166 (Iniciativa de reforma constitucional); 168 (Reforma agravada). Estudiarlos juntos refuerza el dominio de la materia.