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Inicio Derechos y Deberes Art. 36

Artículo 36 de la Constitución Española — Colegios Profesionales

El artículo 36 de la Constitución Española se ubica en el Título I — De los Derechos y Deberes Fundamentales, dentro de la Sección 2ª — Derechos y deberes de los ciudadanos y regula colegios profesionales. Es un artículo de apoyo en el temario; no suele caer por sí solo, pero refuerza el contexto. Te interesa memorizar especialmente sus órganos implicados (Colegios Profesionales). En esta página tienes la cita literal del BOE, el mnemónico exclusivo de ConstitPro «CPD — Colegios Profesionales Democráticos» y un test específico de cinco preguntas para fijarlo.

Texto oficial del artículo 36

La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos.
📜 Cita literal de la Constitución Española de 1978. Fuente oficial: BOE-A-1978-31229, art. 36. ConstitPro reproduce el texto con fines educativos; ante cualquier duda, consulta el texto consolidado publicado en el BOE.
🏛 Colegios Profesionales

Claves del artículo 36 para tu oposición

  • Ubicación en el temario: Título I — De los Derechos y Deberes Fundamentales, Sección 2ª — Derechos y deberes de los ciudadanos · Capítulo II — Derechos y libertades.
  • Frecuencia de examen: ⭐⭐ (2/5). Es un artículo de apoyo en el temario; no suele caer por sí solo, pero refuerza el contexto.
  • Dificultad: baja.
  • Órganos mencionados: Colegios Profesionales.
  • Palabras clave para buscar: colegios profesionales, profesiones tituladas, estructura democrática.

Cómo memorizar el artículo 36: mnemónico de ConstitPro

📌 CPD — Colegios Profesionales Democráticos

🎬 Un colegio de abogados con urna interna: su funcionamiento debe ser democrático.

🔢 Estructura interna democrática (igual que partidos, sindicatos)

Test sobre el artículo 36

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Preguntas frecuentes

¿Qué dice el artículo 36 de la Constitución Española?+

El artículo 36, dentro del Título I — De los Derechos y Deberes Fundamentales, regula colegios profesionales. La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democrático…

¿A qué título pertenece el artículo 36 y dónde se ubica?+

Pertenece al Título I — De los Derechos y Deberes Fundamentales (Arts. 10-55), dentro de la Sección 2ª — Derechos y deberes de los ciudadanos. Comparte bloque con los demás artículos de su título.

¿Cómo memorizar el artículo 36 para una oposición?+

Usa el mnemónico de ConstitPro: CPD — Colegios Profesionales Democráticos. Un colegio de abogados con urna interna: su funcionamiento debe ser democrático. Recuerda especialmente: Estructura interna democrática (igual que partidos, sindicatos).

¿Cuánto entra el artículo 36 en los exámenes de oposición?+

Su frecuencia de examen en ConstitPro es 2/5 y su dificultad estimada es baja. Es un artículo de apoyo en el temario; no suele caer por sí solo, pero refuerza el contexto.

¿Con qué artículos de la Constitución se conecta el artículo 36?+

Se relaciona directamente con los artículos 26 (Prohibición de los Tribunales de Honor); 52 (Organizaciones profesionales). Estudiarlos juntos refuerza el dominio de la materia.