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Artículo 46 de la Constitución Española (art. 46 CE) — Patrimonio histórico, cultural y artístico

El artículo 46 de la Constitución Española se ubica en el Título I — De los Derechos y Deberes Fundamentales y regula patrimonio histórico, cultural y artístico. Es un artículo de apoyo en el temario; no suele caer por sí solo, pero refuerza el contexto. En esta página tienes la cita literal del BOE, el mnemónico exclusivo de ConstitPro «HCA — Histórico, Cultural, Artístico» y un test específico de cinco preguntas para fijarlo.

Texto oficial del artículo 46

Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio.
📜 Cita literal de la Constitución Española de 1978. Fuente oficial: BOE-A-1978-31229, art. 46. ConstitPro reproduce el texto con fines educativos; ante cualquier duda, consulta el texto consolidado publicado en el BOE.

Claves del artículo 46 para tu oposición

  • Ubicación en el temario: Título I — De los Derechos y Deberes Fundamentales · Capítulo III — Principios rectores de la política social y económica.
  • Frecuencia de examen: ⭐⭐ (2/5). Es un artículo de apoyo en el temario; no suele caer por sí solo, pero refuerza el contexto.
  • Dificultad: baja.
  • Palabras clave para buscar: patrimonio histórico, patrimonio cultural, patrimonio artístico.

Cómo memorizar el artículo 46: mnemónico de ConstitPro

📌 HCA — Histórico, Cultural, Artístico

🎬 Un monumento antiguo vigilado: dañarlo es delito.

🔢 Protege el patrimonio sea cual sea su titularidad

Test sobre el artículo 46

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Preguntas de examen sobre el artículo 46, con respuestas

Estas 4 preguntas son del mismo banco que el test de arriba, con la respuesta y el artículo que la justifica. El test completo incluye muchas más y corrige al instante.

  1. 1.¿Cuál es el contenido principal del Art. 46?

    • ·Competencias del Tribunal Constitucional
    • ·Bienes de dominio público
    • ✓Patrimonio histórico, cultural y artístico
    • ·Libertad ideológica y religiosa

    Art. 46 — Patrimonio histórico, cultural y artístico. Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. Ver el artículo 46 completo →

  2. 2.Se atribuye al Art. 46 el siguiente contenido: «Se reconocen y protegen los derechos: a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica. c) A la libertad de cátedra. d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión.» ¿Verdadero o falso?

    • ·Verdadero
    • ✓Falso

    Falso. Ese contenido corresponde al Art. 20 (Libertad de expresión e información). Ver el artículo 46 completo →

  3. 3.¿A qué artículo pertenece este texto? «Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad.»

    • ·Art. 54
    • ✓Art. 46
    • ·Art. 40
    • ·Art. 52

    Es el Art. 46 — Patrimonio histórico, cultural y artístico. Ver el artículo 46 completo →

  4. 4.¿Cuál de estos conceptos aparece directamente regulado en el Art. 46?

    • ·sucesión
    • ·dimisión
    • ✓patrimonio histórico
    • ·no discriminación

    Art. 46 regula «patrimonio histórico» (entre otros). Ver el artículo 46 completo →

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Preguntas frecuentes

¿Qué dice el artículo 46 de la Constitución Española?+

El artículo 46, dentro del Título I — De los Derechos y Deberes Fundamentales, regula patrimonio histórico, cultural y artístico. Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jur…

¿Qué dice el artículo 46 CE?+

El artículo 46 de la Constitución Española regula patrimonio histórico, cultural y artístico. Su texto oficial, publicado en el BOE el 29 de diciembre de 1978, se cita literalmente más arriba en esta página.

¿A qué título pertenece el artículo 46 y dónde se ubica?+

Pertenece al Título I — De los Derechos y Deberes Fundamentales (Arts. 10-55). Comparte bloque con los demás artículos de su título.

¿Cómo memorizar el artículo 46 para una oposición?+

Usa el mnemónico de ConstitPro: HCA — Histórico, Cultural, Artístico. Un monumento antiguo vigilado: dañarlo es delito. Recuerda especialmente: Protege el patrimonio sea cual sea su titularidad.

¿Cuánto entra el artículo 46 en los exámenes de oposición?+

Su frecuencia de examen en ConstitPro es 2/5 y su dificultad estimada es baja. Es un artículo de apoyo en el temario; no suele caer por sí solo, pero refuerza el contexto.

¿Con qué artículos de la Constitución se conecta el artículo 46?+

Se relaciona directamente con los artículos 44 (Acceso a la cultura y a la ciencia); 45 (Medio ambiente). Estudiarlos juntos refuerza el dominio de la materia.