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Artículo 70 de la Constitución Española (art. 70 CE) — Inelegibilidad e incompatibilidad

El artículo 70 de la Constitución Española se ubica en el Título III — De las Cortes Generales y regula inelegibilidad e incompatibilidad. Aparece con cierta regularidad en los exámenes; merece un repaso atento. Te interesa memorizar especialmente sus órganos implicados (Tribunal Constitucional, Defensor del Pueblo). En esta página tienes la cita literal del BOE, el mnemónico exclusivo de ConstitPro «INE — Inelegibles los que vigilan o juzgan» y un test específico de cinco preguntas para fijarlo.

Texto oficial del artículo 70

1. La ley electoral determinará las causas de inelegibilidad e incompatibilidad de los Diputados y Senadores, que comprenderán, en todo caso: a) A los componentes del Tribunal Constitucional. b) A los altos cargos de la Administración del Estado que determine la ley, con la excepción de los miembros del Gobierno. c) Al Defensor del Pueblo. d) A los Magistrados, Jueces y Fiscales en activo. e) A los militares profesionales y miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Policía en activo. f) A los miembros de las Juntas Electorales. 2. La validez de las actas y credenciales de los miembros de ambas Cámaras estará sometida al control judicial, en los términos que establezca la ley electoral.
📜 Cita literal de la Constitución Española de 1978. Fuente oficial: BOE-A-1978-31229, art. 70. ConstitPro reproduce el texto con fines educativos; ante cualquier duda, consulta el texto consolidado publicado en el BOE.
🏛 Tribunal Constitucional🏛 Defensor del Pueblo

Claves del artículo 70 para tu oposición

  • Ubicación en el temario: Título III — De las Cortes Generales · Capítulo I — De las Cámaras.
  • Frecuencia de examen: ⭐⭐⭐ (3/5). Aparece con cierta regularidad en los exámenes; merece un repaso atento.
  • Dificultad: media.
  • Órganos mencionados: Tribunal Constitucional, Defensor del Pueblo.
  • Palabras clave para buscar: inelegibilidad, incompatibilidad, control judicial.

Cómo memorizar el artículo 70: mnemónico de ConstitPro

📌 INE — Inelegibles los que vigilan o juzgan

🎬 Magistrados del TC, jueces, fiscales y militares no pueden sentarse en las Cortes.

🔢 Validez de actas: control JUDICIAL; ministros SÍ pueden ser diputados

Test sobre el artículo 70

Cargando preguntas…

Preguntas de examen sobre el artículo 70, con respuestas

Estas 4 preguntas son del mismo banco que el test de arriba, con la respuesta y el artículo que la justifica. El test completo incluye muchas más y corrige al instante.

  1. 1.¿Con cuál de estos artículos guarda relación directa el Art. 70 (Inelegibilidad e incompatibilidad)?

    • ·Art. 80
    • ·Art. 30
    • ·Art. 114
    • ✓Art. 159

    El Art. 70 se relaciona con el Art. 159 (Composición del Tribunal Constitucional). Ver el artículo 70 completo →

  2. 2.Se atribuye al Art. 70 el siguiente contenido: «Los proyectos de ley serán aprobados en Consejo de Ministros, que los someterá al Congreso, acompañados de una exposición de motivos y de los antecedentes necesarios para pronunciarse sobre ellos.» ¿Verdadero o falso?

    • ·Verdadero
    • ✓Falso

    Falso. Ese contenido corresponde al Art. 88 (Proyectos de ley). Ver el artículo 70 completo →

  3. 3.¿A qué artículo pertenece este texto? «La ley electoral determinará las causas de inelegibilidad e incompatibilidad de los Diputados y Senadores, que comprenderán, en todo caso: a) A los componentes del Tribunal Constitucional. b) A los altos cargos de la Administración del Estado que determine la ley, con la excepción de los miembros del Gobierno. c) Al Defensor del Pueblo. d) A los Magistrados, Jueces y Fiscales en activo. e) A los militares profesionales y miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Policía en activo. f) A los miembros de las Juntas Electorales. 2.»

    • ✓Art. 70
    • ·Art. 76
    • ·Art. 65
    • ·Art. 77

    Es el Art. 70 — Inelegibilidad e incompatibilidad. Ver el artículo 70 completo →

  4. 4.¿Cuál de estos órganos o sujetos interviene directamente en el Art. 70 (Inelegibilidad e incompatibilidad)?

    • ·Juzgados y Tribunales
    • ·Asociaciones empresariales
    • ✓Tribunal Constitucional
    • ·Abogado

    Art. 70: regula Tribunal Constitucional. La ley electoral determinará las causas de inelegibilidad e incompatibilidad de los Diputados y Senadores, que comprenderán, en todo caso: a) A los componentes del Tribunal Constitucional. b) A los altos cargos de la Administración del Estado que determine la ley, con la excepción de los miembros del Gobierno. c) Al Defensor del Pueblo. d) A los Magistrados, Jueces y Fiscales en activo. e) A los militares profesionales y miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Policía en activo. f) A los miembros de las Juntas Electorales. 2. Ver el artículo 70 completo →

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Preguntas frecuentes

¿Qué dice el artículo 70 de la Constitución Española?+

El artículo 70, dentro del Título III — De las Cortes Generales, regula inelegibilidad e incompatibilidad. 1. La ley electoral determinará las causas de inelegibilidad e incompatibilidad de los Diputados y Senadores, que comprenderán, en todo caso: a) A los componentes del Tribunal Constitucional. b) A los altos cargos de la …

¿Qué dice el artículo 70 CE?+

El artículo 70 de la Constitución Española regula inelegibilidad e incompatibilidad. Su texto oficial, publicado en el BOE el 29 de diciembre de 1978, se cita literalmente más arriba en esta página.

¿A qué título pertenece el artículo 70 y dónde se ubica?+

Pertenece al Título III — De las Cortes Generales (Arts. 66-96). Comparte bloque con los demás artículos de su título.

¿Cómo memorizar el artículo 70 para una oposición?+

Usa el mnemónico de ConstitPro: INE — Inelegibles los que vigilan o juzgan. Magistrados del TC, jueces, fiscales y militares no pueden sentarse en las Cortes. Recuerda especialmente: Validez de actas: control JUDICIAL; ministros SÍ pueden ser diputados.

¿Cuánto entra el artículo 70 en los exámenes de oposición?+

Su frecuencia de examen en ConstitPro es 3/5 y su dificultad estimada es media. Aparece con cierta regularidad en los exámenes; merece un repaso atento.

¿Con qué artículos de la Constitución se conecta el artículo 70?+

Se relaciona directamente con los artículos 67 (Estatuto de los parlamentarios); 159 (Composición del Tribunal Constitucional). Estudiarlos juntos refuerza el dominio de la materia.