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Artículo 79 de la Constitución Española — Adopción de acuerdos y quórum
El artículo 79 de la Constitución Española se ubica en el Título III — De las Cortes Generales y regula adopción de acuerdos y quórum. Tiene una alta frecuencia en los exámenes oficiales de oposición, especialmente en cuerpos jurídicos y de seguridad. Te interesa memorizar especialmente sus mayorías exigidas (Mayoría simple; Mayoría de miembros (quórum)). En esta página tienes la cita literal del BOE, el mnemónico exclusivo de ConstitPro «PI — Personal e Indelegable» y un test específico de cinco preguntas para fijarlo.
Texto oficial del artículo 79
1. Para adoptar acuerdos, las Cámaras deben estar reunidas reglamentariamente y con asistencia de la mayoría de sus miembros. 2. Dichos acuerdos, para ser válidos, deberán ser aprobados por la mayoría de los miembros presentes, sin perjuicio de las mayorías especiales que establezcan la Constitución o las leyes orgánicas y las que para elección de personas establezcan los Reglamentos de las Cámaras. 3. El voto de Senadores y Diputados es personal e indelegable.
Claves del artículo 79 para tu oposición
- Ubicación en el temario: Título III — De las Cortes Generales · Capítulo I — De las Cámaras.
- Frecuencia de examen: ⭐⭐⭐⭐ (4/5). Tiene una alta frecuencia en los exámenes oficiales de oposición, especialmente en cuerpos jurídicos y de seguridad.
- Dificultad: media.
- Mayorías relevantes: Mayoría simple · Mayoría de miembros (quórum).
- Palabras clave para buscar: quórum, mayoría, voto personal e indelegable.
Cómo memorizar el artículo 79: mnemónico de ConstitPro
📌 PI — Personal e Indelegable
🎬 Cada parlamentario pulsa su propio botón: el voto es personal e indelegable, con quórum de mayoría.
🔢 Quórum: mayoría de miembros; acuerdo: mayoría de presentes; voto personal e indelegable
Test sobre el artículo 79
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Preguntas frecuentes
¿Qué dice el artículo 79 de la Constitución Española?+
El artículo 79, dentro del Título III — De las Cortes Generales, regula adopción de acuerdos y quórum. 1. Para adoptar acuerdos, las Cámaras deben estar reunidas reglamentariamente y con asistencia de la mayoría de sus miembros. 2. Dichos acuerdos, para ser válidos, deberán ser aprobados por la mayoría de los miembros pre…
¿A qué título pertenece el artículo 79 y dónde se ubica?+
Pertenece al Título III — De las Cortes Generales (Arts. 66-96). Comparte bloque con los demás artículos de su título.
¿Cómo memorizar el artículo 79 para una oposición?+
Usa el mnemónico de ConstitPro: PI — Personal e Indelegable. Cada parlamentario pulsa su propio botón: el voto es personal e indelegable, con quórum de mayoría. Recuerda especialmente: Quórum: mayoría de miembros; acuerdo: mayoría de presentes; voto personal e indelegable.
¿Cuánto entra el artículo 79 en los exámenes de oposición?+
Su frecuencia de examen en ConstitPro es 4/5 y su dificultad estimada es media. Tiene una alta frecuencia en los exámenes oficiales de oposición, especialmente en cuerpos jurídicos y de seguridad.
¿Con qué artículos de la Constitución se conecta el artículo 79?+
Se relaciona directamente con los artículos 78 (La Diputación Permanente); 81 (Leyes orgánicas). Estudiarlos juntos refuerza el dominio de la materia.