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Artículo 92 de la Constitución Española — El referéndum consultivo

El artículo 92 de la Constitución Española se ubica en el Título III — De las Cortes Generales y regula el referéndum consultivo. Tiene una alta frecuencia en los exámenes oficiales de oposición, especialmente en cuerpos jurídicos y de seguridad. Te interesa memorizar especialmente sus mayorías exigidas (Ley orgánica), órganos implicados (Rey, Presidente del Gobierno, Congreso). En esta página tienes la cita literal del BOE, el mnemónico exclusivo de ConstitPro «RC — Rey convoca, Congreso autoriza, presidente propone» y un test específico de cinco preguntas para fijarlo.

Texto oficial del artículo 92

1. Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos. 2. El referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados. 3. Una ley orgánica regulará las condiciones y el procedimiento de las distintas modalidades de referéndum previstas en esta Constitución.
📜 Cita literal de la Constitución Española de 1978. Fuente oficial: BOE-A-1978-31229, art. 92. ConstitPro reproduce el texto con fines educativos; ante cualquier duda, consulta el texto consolidado publicado en el BOE.
⚖️ Ley orgánica🏛 Rey🏛 Presidente del Gobierno🏛 Congreso

Claves del artículo 92 para tu oposición

  • Ubicación en el temario: Título III — De las Cortes Generales · Capítulo II — De la elaboración de las leyes.
  • Frecuencia de examen: ⭐⭐⭐⭐ (4/5). Tiene una alta frecuencia en los exámenes oficiales de oposición, especialmente en cuerpos jurídicos y de seguridad.
  • Dificultad: media.
  • Mayorías relevantes: Ley orgánica.
  • Órganos mencionados: Rey, Presidente del Gobierno, Congreso.
  • Palabras clave para buscar: referéndum consultivo, trascendencia política.

Cómo memorizar el artículo 92: mnemónico de ConstitPro

📌 RC — Rey convoca, Congreso autoriza, presidente propone

🎬 El Presidente propone, el Congreso autoriza y el Rey convoca el referéndum consultivo.

🔢 Referéndum consultivo: lo CONVOCA el Rey, lo AUTORIZA el Congreso, lo PROPONE el Presidente

Test sobre el artículo 92

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Preguntas frecuentes

¿Qué dice el artículo 92 de la Constitución Española?+

El artículo 92, dentro del Título III — De las Cortes Generales, regula el referéndum consultivo. 1. Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos. 2. El referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, prev…

¿A qué título pertenece el artículo 92 y dónde se ubica?+

Pertenece al Título III — De las Cortes Generales (Arts. 66-96). Comparte bloque con los demás artículos de su título.

¿Cómo memorizar el artículo 92 para una oposición?+

Usa el mnemónico de ConstitPro: RC — Rey convoca, Congreso autoriza, presidente propone. El Presidente propone, el Congreso autoriza y el Rey convoca el referéndum consultivo. Recuerda especialmente: Referéndum consultivo: lo CONVOCA el Rey, lo AUTORIZA el Congreso, lo PROPONE el Presidente.

¿Cuánto entra el artículo 92 en los exámenes de oposición?+

Su frecuencia de examen en ConstitPro es 4/5 y su dificultad estimada es media. Tiene una alta frecuencia en los exámenes oficiales de oposición, especialmente en cuerpos jurídicos y de seguridad.

¿Con qué artículos de la Constitución se conecta el artículo 92?+

Se relaciona directamente con los artículos 62 (Funciones del Rey); 87 (Iniciativa legislativa). Estudiarlos juntos refuerza el dominio de la materia.