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Artículo 92 de la Constitución Española (art. 92 CE) — El referéndum consultivo

El artículo 92 de la Constitución Española se ubica en el Título III — De las Cortes Generales y regula el referéndum consultivo. Tiene una alta frecuencia en los exámenes oficiales de oposición, especialmente en cuerpos jurídicos y de seguridad. Te interesa memorizar especialmente sus mayorías exigidas (Ley orgánica), órganos implicados (Rey, Presidente del Gobierno, Congreso). En esta página tienes la cita literal del BOE, el mnemónico exclusivo de ConstitPro «RC — Rey convoca, Congreso autoriza, presidente propone» y un test específico de cinco preguntas para fijarlo.

Texto oficial del artículo 92

1. Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos. 2. El referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados. 3. Una ley orgánica regulará las condiciones y el procedimiento de las distintas modalidades de referéndum previstas en esta Constitución.
📜 Cita literal de la Constitución Española de 1978. Fuente oficial: BOE-A-1978-31229, art. 92. ConstitPro reproduce el texto con fines educativos; ante cualquier duda, consulta el texto consolidado publicado en el BOE.
⚖️ Ley orgánica🏛 Rey🏛 Presidente del Gobierno🏛 Congreso

Claves del artículo 92 para tu oposición

  • Ubicación en el temario: Título III — De las Cortes Generales · Capítulo II — De la elaboración de las leyes.
  • Frecuencia de examen: ⭐⭐⭐⭐ (4/5). Tiene una alta frecuencia en los exámenes oficiales de oposición, especialmente en cuerpos jurídicos y de seguridad.
  • Dificultad: media.
  • Mayorías relevantes: Ley orgánica.
  • Órganos mencionados: Rey, Presidente del Gobierno, Congreso.
  • Palabras clave para buscar: referéndum consultivo, trascendencia política.

Cómo memorizar el artículo 92: mnemónico de ConstitPro

📌 RC — Rey convoca, Congreso autoriza, presidente propone

🎬 El Presidente propone, el Congreso autoriza y el Rey convoca el referéndum consultivo.

🔢 Referéndum consultivo: lo CONVOCA el Rey, lo AUTORIZA el Congreso, lo PROPONE el Presidente

Test sobre el artículo 92

Cargando preguntas…

Preguntas de examen sobre el artículo 92, con respuestas

Estas 4 preguntas son del mismo banco que el test de arriba, con la respuesta y el artículo que la justifica. El test completo incluye muchas más y corrige al instante.

  1. 1.¿En cuál de estos artículos se regula directamente «Rey»?

    • ·Art. 10
    • ·Art. 122
    • ·Art. 141
    • ✓Art. 92

    El Art. 92 regula Rey. Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos. 2. Ver el artículo 92 completo →

  2. 2.Se atribuye al Art. 92 el siguiente contenido: «Las Cámaras establecen sus propios Reglamentos, aprueban autónomamente sus presupuestos y, de común acuerdo, regulan el Estatuto del Personal de las Cortes Generales.» ¿Verdadero o falso?

    • ·Verdadero
    • ✓Falso

    Falso. Ese contenido corresponde al Art. 72 (Autonomía de las Cámaras). Ver el artículo 92 completo →

  3. 3.¿A qué artículo pertenece este texto? «Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos. 2.»

    • ·Art. 86
    • ·Art. 87
    • ·Art. 94
    • ✓Art. 92

    Es el Art. 92 — El referéndum consultivo. Ver el artículo 92 completo →

  4. 4.¿Cuál es el contenido principal del Art. 92?

    • ·Delegación legislativa
    • ✓El referéndum consultivo
    • ·Cumplimiento de sentencias
    • ·Suspensión de derechos

    Art. 92 — El referéndum consultivo. Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos. 2. Ver el artículo 92 completo →

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Preguntas frecuentes

¿Qué dice el artículo 92 de la Constitución Española?+

El artículo 92, dentro del Título III — De las Cortes Generales, regula el referéndum consultivo. 1. Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos. 2. El referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, prev…

¿Qué dice el artículo 92 CE?+

El artículo 92 de la Constitución Española regula el referéndum consultivo. Su texto oficial, publicado en el BOE el 29 de diciembre de 1978, se cita literalmente más arriba en esta página.

¿A qué título pertenece el artículo 92 y dónde se ubica?+

Pertenece al Título III — De las Cortes Generales (Arts. 66-96). Comparte bloque con los demás artículos de su título.

¿Cómo memorizar el artículo 92 para una oposición?+

Usa el mnemónico de ConstitPro: RC — Rey convoca, Congreso autoriza, presidente propone. El Presidente propone, el Congreso autoriza y el Rey convoca el referéndum consultivo. Recuerda especialmente: Referéndum consultivo: lo CONVOCA el Rey, lo AUTORIZA el Congreso, lo PROPONE el Presidente.

¿Cuánto entra el artículo 92 en los exámenes de oposición?+

Su frecuencia de examen en ConstitPro es 4/5 y su dificultad estimada es media. Tiene una alta frecuencia en los exámenes oficiales de oposición, especialmente en cuerpos jurídicos y de seguridad.

¿Con qué artículos de la Constitución se conecta el artículo 92?+

Se relaciona directamente con los artículos 62 (Funciones del Rey); 87 (Iniciativa legislativa). Estudiarlos juntos refuerza el dominio de la materia.