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Artículo 162 de la Constitución Española — Legitimación ante el Tribunal Constitucional
El artículo 162 de la Constitución Española se ubica en el Título IX — Del Tribunal Constitucional y regula legitimación ante el tribunal constitucional. Tiene una alta frecuencia en los exámenes oficiales de oposición, especialmente en cuerpos jurídicos y de seguridad. Te interesa memorizar especialmente sus órganos implicados (Presidente del Gobierno, Defensor del Pueblo, Ministerio Fiscal). En esta página tienes la cita literal del BOE, el mnemónico exclusivo de ConstitPro «50-50 — 50 Diputados o 50 Senadores para la inconstitucionalidad» y un test específico de cinco preguntas para fijarlo.
Texto oficial del artículo 162
1. Están legitimados: a) Para interponer el recurso de inconstitucionalidad, el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores, los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas y, en su caso, las Asambleas de las mismas. b) Para interponer el recurso de amparo, toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo, así como el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal. 2. En los demás casos, la ley orgánica determinará las personas y órganos legitimados.
Claves del artículo 162 para tu oposición
- Ubicación en el temario: Título IX — Del Tribunal Constitucional.
- Frecuencia de examen: ⭐⭐⭐⭐ (4/5). Tiene una alta frecuencia en los exámenes oficiales de oposición, especialmente en cuerpos jurídicos y de seguridad.
- Dificultad: alta.
- Órganos mencionados: Presidente del Gobierno, Defensor del Pueblo, Ministerio Fiscal.
- Palabras clave para buscar: legitimación, 50 diputados, 50 senadores, Defensor del Pueblo, recurso de amparo.
Cómo memorizar el artículo 162: mnemónico de ConstitPro
📌 50-50 — 50 Diputados o 50 Senadores para la inconstitucionalidad
🎬 Para el recurso de inconstitucionalidad hacen falta 50 diputados o 50 senadores; para el amparo, cualquiera con interés legítimo.
🔢 Inconstitucionalidad: Pdte. Gobierno, Defensor, 50 Diputados, 50 Senadores, CCAA; amparo: cualquier interesado
Test sobre el artículo 162
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Preguntas frecuentes
¿Qué dice el artículo 162 de la Constitución Española?+
El artículo 162, dentro del Título IX — Del Tribunal Constitucional, regula legitimación ante el tribunal constitucional. 1. Están legitimados: a) Para interponer el recurso de inconstitucionalidad, el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores, los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas …
¿A qué título pertenece el artículo 162 y dónde se ubica?+
Pertenece al Título IX — Del Tribunal Constitucional (Arts. 159-165). Comparte bloque con los demás artículos de su título.
¿Cómo memorizar el artículo 162 para una oposición?+
Usa el mnemónico de ConstitPro: 50-50 — 50 Diputados o 50 Senadores para la inconstitucionalidad. Para el recurso de inconstitucionalidad hacen falta 50 diputados o 50 senadores; para el amparo, cualquiera con interés legítimo. Recuerda especialmente: Inconstitucionalidad: Pdte. Gobierno, Defensor, 50 Diputados, 50 Senadores, CCAA; amparo: cualquier interesado.
¿Cuánto entra el artículo 162 en los exámenes de oposición?+
Su frecuencia de examen en ConstitPro es 4/5 y su dificultad estimada es alta. Tiene una alta frecuencia en los exámenes oficiales de oposición, especialmente en cuerpos jurídicos y de seguridad.
¿Con qué artículos de la Constitución se conecta el artículo 162?+
Se relaciona directamente con los artículos 54 (El Defensor del Pueblo); 161 (Competencias del Tribunal Constitucional). Estudiarlos juntos refuerza el dominio de la materia.